Se modificaron artĆculos referidos a los requisitos de admisibilidad a trĆ”mite aplicables a proyectos de gobiernos regionales y locales.
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) flexibilizó los requisitos para admitir a trÔmite las solicitudes de financiamiento de inversiones del sector Saneamiento, lo que permitirÔ ejecutar mÔs obras de agua y saneamiento en beneficio de la población.
Para ello, mediante Resolución Ministerial 116-2022-VIVIENDA, publicada en el diario oficial El Peruano, el MVCS modificó los requisitos especĆficos de admisibilidad a trĆ”mite aplicable a los gobiernos regionales y gobiernos locales en pequeƱas ciudades y en el Ć”mbito rural, los que se encontraban contenidos en la Resolución Ministerial 358-2021-VIVIENDA.
En ese sentido, el MVCS ha eliminado como requisito especĆfico de admisibilidad a trĆ”mite la presentación de los instrumentos de gestión (como el reglamento de organización de funciones, el plan estratĆ©gico institucional y el plan operativo institucional) exigidos a las unidades de gestión municipal (UGM) y las Ć”reas tĆ©cnicas municipales (ATM) a cargo del diseƱo de los proyectos.
Estos documentos han sido reemplazados por el compromiso suscrito por el gerente municipal de adecuar los instrumentos de gestión para permitir el funcionamiento de las UGM y las ATM.
TambiĆ©n se han realizado modificaciones a los artĆculos 9 y 10 de la Resolución Ministerial 358-2021-VIVIENDA relacionadas a las autorizaciones que deben presentar los gobiernos locales y regionales para financiar inversiones en el Ć”mbito rural y en pequeƱas ciudades.
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