Corte declara en rebeldía al Perú y Kuntur Wasi podrá cobrar US$ 91 millones por laudo del Ciadi en caso Chinchero

Aeropuerto de Chinchero                     
wsp                            new

Perú no presentó defensa en el proceso ante el Tribunal de Quiebras del distrito de Columbia, en EE.UU., por lo que se registró su declaración en rebeldía el 8 de abril. Kuntur Wasi podrá iniciar medidas coercitivas para ejecutar el laudo del Ciadi a su favor por el caso del Aeropuerto de Chinchero.

El Tribunal de Quiebras del Distrito de Columbia de los Estados Unidos declaró en rebeldía (default judgment) al Estado peruano por no responder dentro del plazo legal a una demanda presentada por el consorcio Kuntur Wasi para ejecutar el laudo arbitral del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi), que obliga al Perú a pagar US$91 millones por la terminación del contrato de concesión del Aeropuerto de Chinchero, ubicado en el Cusco.

El default fue inscrito formalmente el pasado 8 de abril por la secretaria del tribunal, luego de que el Perú no presentara contestación alguna a la demanda dentro del plazo de 60 días tras haber sido notificado el 27 de noviembre de 2024. El registro se hizo bajo la regla 55(a) de las Reglas Federales de Procedimiento Civil, que permite a esta corte declarar la rebeldía de una parte que no se defiende ni responde.

La consecuencia directa de esta declaración es que Kuntur Wasi, integrado por la peruana Andino Investment Holding y la argentina Corporación América, está ahora habilitado para iniciar embargos y ejecutar cualquier medida cautelar sobre activos del Estado peruano en Estados Unidos para cobrar la deuda establecida en el laudo del Ciadi, emitido en mayo de 2024.

El fallo del tribunal arbitral del Ciadi, emitido por unanimidad, ordenó al Estado peruano compensar al consorcio con US$91 millones por la terminación “arbitraria e injustificada” del contrato de concesión del Aeropuerto de Chinchero en 2017, durante la gestión de Bruno Giuffra como ministro de Transportes y Comunicaciones. El monto incluye la devolución de la garantía, utilidades esperadas, gastos generales y una penalidad.

Con la inscripción del default, proceden los embargos y toda acción legal para la cobranza. La justicia estadounidense reconoce el laudo del Ciadi como una orden de pago. También se pudo conocer que, en paralelo, Kuntur Wasi ha iniciado un proceso similar en Canadá, cuya audiencia está programada para el próximo 15 de mayo.

La conducta del Estado peruano en este caso resulta inusual. Un experto en arbitrajes internacionales explicó que “Perú tiene una reputación de cumplimiento en estos procesos, incluso realiza seguimientos activos a través del Sicreci para evitar este tipo de escenarios”. Añadió que la inacción podría responder a una estrategia específica de defensa aún no revelada públicamente, como la negociación directa con Kuntur Wasi para definir los términos de pago.



El contrato entre el Estado peruano y Kuntur Wasi fue suscrito en 2014 y modificado mediante una adenda en 2016. El Ciadi validó la legalidad de ambos documentos y rechazó los argumentos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), que resolvió unilateralmente el contrato, impidiendo al consorcio continuar con la obra.

Kuntur Wasi llevó el caso al arbitraje del Ciadi ese mismo año, alegando que la resolución del contrato vulneró sus derechos como inversionista extranjero. Tras años de litigio, el tribunal arbitral le dio la razón al consorcio, destacando que sus ejecutivos actuaron de buena fe y conforme a la legislación peruana.

Libro de Reclamaciones