Actualmente el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) desarrolla a nivel nacional 14 planes, seis de los cuales pertenecen a lugares tur铆sticos.
Atalaya, provincia de Veraguas, se convirti贸 en el primer distrito en contar con un Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de la administraci贸n gubernamental. Esto se hizo realidad mediante el Acuerdo Municipal No. 21 de 4 de abril de 2023, sancionado por el Consejo Municipal de Atalaya.
Este acuerdo consta de tres t铆tulos y 17 art铆culos, donde est谩n contenidos el glosario, objeto, alcance, vigencia, normas urban铆sticas, reglamentaci贸n y disposiciones finales que buscan alcanzar los lineamientos precisos, para lograr un desarrollo ordenado de este distrito, en funci贸n de los recursos existentes.
El objetivo principal, plasmado en el art铆culo 2, se帽ala que el mismo consiste en constituir un elemento rector de planificaci贸n municipal, para proponer lineamientos para el uso y ocupaci贸n del suelo, reconociendo las potencialidades, limitantes y conflictos presentes en el territorio, as铆 como su organizaci贸n funcional, para mejorar la calidad de vida de los residentes y visitantes.
脕rea urbana
Esta normativa tiene como alcance definir a largo y mediano plazo un modelo de ocupaci贸n del territorio municipal y distrital, es aplicable en esta zona considerando no solamente el suelo, sino tambi茅n el espacio a茅reo, que comprende el 谩rea urbana, rural y ambiental.
Tiene como finalidad y principios rectores promover el aumento de la capacidad de descentralizaci贸n, planeaci贸n, gesti贸n y administraci贸n de sus propios intereses para las entidades e instancias de integraci贸n territorial.
Su vigencia alcanza un horizonte de planificaci贸n de 10 a帽os, revisado cada dos a帽os por las autoridades competentes, es decir, la autoridad urban铆stica local, mediante acuerdo municipal, deber谩 determinar mediante un informe t茅cnico elaborado por la direcci贸n de Planificaci贸n Urbana y avalado por la Junta de Planificaci贸n Municipal, si se modifica.
El t铆tulo 2, que contiene las normas urban铆sticas y su reglamentaci贸n, establece la documentaci贸n sobre el diagn贸stico, an谩lisis, el documento gr谩fico constituido por la zonificaci贸n propuesta con sus respectivas fichas de c贸digos y los mapas.
Igualmente se establece en este reglamento la clasificaci贸n del suelo urbano donde se desagrega el mismo en las siguientes actividades: agropecuaria, residencial, comercial urbano, tur铆stico, mixto, transporte, espacios abiertos, industrial, infraestructura, institucional y protecci贸n.
Periodo de transici贸n
En el t铆tulo 3, que est谩 compuesto de las disposiciones finales, se indica la aplicaci贸n sobre usos actuales, los cuales se mantienen hasta que no se realicen reformas a las edificaciones y en las decisiones transitorias se establece un per铆odo de transici贸n de 24 meses para su revisi贸n y adecuaci贸n a partir de su aprobaci贸n.
El POT es un instrumento t茅cnico y participativo que sirve para generar seguridad jur铆dica ante la inversi贸n, donde se propone la organizaci贸n de los usos del suelo y las condiciones de ocupaci贸n y transformaci贸n del espacio, y se establece un plan de inversiones de obras necesarias por el crecimiento del distrito, y que las mismas sean compatibles con los valores ambientales, sociales y culturales.
Actualmente el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot) desarrolla a nivel nacional 14 planes, seis de los cuales pertenecen a lugares tur铆sticos.