Gobierno oficializa creación del bono de arrendamiento para vivienda

                    
wsp                            new

El Poder Ejecutivo oficializó la ley que crea el Bono de Arrendamiento para Vivienda, como un subsidio para el alquiler de inmuebles y la generación de ahorro para el acceso de compra de viviendas que beneficiará a personas de 18 a 40 años.

Mediante Ley Nº 30952, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, se creó este Bono de Arrendamiento para Vivienda que se otorga con periodicidad mensual y por un tiempo máximo de cinco años, con criterio de utilidad pública.

El mencionado bono se entrega sin cargo de restitución por parte de los beneficiarios y constituye un incentivo de ahorro para promover el acceso a la vivienda y a la mejora de las condiciones de habitabilidad.

El monto total de dicho bono se distribuye de la siguiente manera: un porcentaje se destina para cubrir el pago del arriendo de la vivienda, y el otro porcentaje restante forma parte del ahorro orientado al pago de la cuota inicial o parte de esta para la adquisición de una vivienda.

El valor del bono y los porcentajes se establecen en el reglamento de la presente ley, que debe ser emitido por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) en un plazo no mayor de 30 días contados a partir de mañana.

El desembolso del ahorro se realiza al culminar el plazo máximo del otorgamiento del Bono de Arrendamiento para Vivienda, es decir, a los cinco años contados desde la fecha de su otorgamiento.

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, realiza el desembolso a través del Fondo Mivivienda, según corresponda, directamente a favor del promotor, o el desarrollador inmobiliario, o el propietario de la vivienda.

El beneficiario del bono tiene un plazo máximo de un año para solicitar el desembolso del ahorro destinado al pago, contado a partir del vencimiento del plazo máximo de cinco años, caso contrario, pierde el derecho de dicho desembolso.

Libro de Reclamaciones